Ayer la municipalidad de Chacabuco anunció el fallo que emitió el juez Juan Atilio Bazzani, por el cual desestimó la medida de amparo planteada por los padres de tres niños de la escuela secundaria, extensión Nº2020, ubicada en Castilla, para que se retrotraiga la medida de fusión ordenada por la jefatura de inspección en 2018.
La fusión se realizó en febrero de 2018 y pese a tener la misma matricula que años anteriores, se redujeron los docentes en la escuela como parte de un plan de «optimización de recursos«.
La conferencia de Prensa fue encabezada, extrañamente, por el ex-jefe distrital de Educación, Rubén Cruz, quien ya no es funcionario, pues hace poco se acogió al beneficio jubilatorio. Lejos de ser un invitado, Cruz dominó toda la conferencia de prensa y sus acompañantes casi no hablaron. La justificación fue que quien había actuado y declarado en la causa fue el ex-jefe Distrital.
Estaban presentes la nueva Jefa Distrital, María del Valle Aiola, hermana del intendente, la subsecretaria de Educación, María Gabriela Rizzotti, que el fallo le otorgó la responsabilidad de garantir el cumplimiento de la supervisión, el presidente del Consejo Escolar, Leandro Di Pinto, el Secretario de Gobierno y Hacienda, Ignacio Orsini, concejales y consejeros escolares.
El juez, que había dictado una cautelar a favor de los padres con el pedido de no innovar, nunca notificó al poder ejecutivo, en apariencia, ya que hubiera correspondido en virtud de esa cautelar que hasta el fallo (que ayer festejó la Municipalidad) se mantengan los cursos sin fusionar. Cruz dijo que nunca fue notificado, lo que podría ser un grave error del juzgado, que, también curiosamente, favoreció al gobierno local y provincial.
Ahora el juez se desdijo, y en su fallo alegó que no tenía los elementos suficientes para emitir la cautelar, de manera que a la vez reconoce que la hubo, algo que Cruz puso en duda. Todo se trató, entonces, de un error del juez, que ahora pudo enmendar. «¿No le gustan estos principios? Tengo otros» dice la frase de un comediante popular.
La «Experiencia pedagógica» de cerrar cursos
Durante la conferencia expusieron las razones que sostuvo para fallar el juez, basándose en el éxito del nuevo formato de secundaria que impulsa el gobierno sin que aun se hayan conocido los datos que avalan esa hipótesis, ya que el nuevo formato se aprobó el 27 de marzo de 2018, y los resultados de esta «experiencia» no se han difundido ni sistematizado.
En resumidas cuentas, el fallo del juez entiende que la aplicación del desdoblamiento es legal en virtud que es una atribución del gobierno ejecutivo provincial, representado por la Dirección General de Cultura y Educación, el dictar las normas que mejor se adecuen para el cumplimiento del derecho a la educación.
Curiosamente, la nueva escuela Secundaria 2020 es llamada por el propio juez como una «experiencia pedagógica», palabra que repite todo el tiempo el escrito, y que termina siendo la justificación para el cierre de cursos y escuelas, que durante años fueron mantenidas abiertas.
Una de las incógnitas que el Foro de Educación y los padres habían pedido resolver era porqué no se había hecho antes y ahora sí.
«Un placer volver a verlos»
Quien abrió la conferencia fue la propia Jefa Distrital, «Nana» Aiola quien sólo dio paso a las palabras de Cruz porque intervino en el proceso, justificó: «Yo más que nada le voy a dar la palabra a Rubén, que va a poder dar los detalles, y lo que quiero resaltar es que desde educación no se toman las medidas arbitrariamente ni políticamente, sino que en todo momento se piensa en la educación de los estudiantes«, dijo y agregó que «esta escuela está dentro de un proyecto que se llama Escuelas Promotoras y ahora les paso con Rubén que va a explicar específicamente este fallo en particular».
«Un placer volver a verlos«, dijo Cruz que a continuación dijo que todo comenzó cuando recibió la indicación de sus autoridades superiores de «optimizar recursos en distintas áreas y distintos niveles. En ese momento llega para hacer una optimización tanto en la escuela secundaria de Castillla, el anexo 2020 de la secundaria 2, y en la primaria número 13, se realizaron en otros pero el que más tomó trascendencia fue este», explicó.
De ello se desprende que fue una orden lo que lo llevó a hacerlo y no, como se había dicho entonces, que se realizaba en virtud de los reglamentos vigentes.
Fue entonces, narró Cruz, que los padres no conformes con las explicaciones brindadas decidieron recurrir a la justicia. Por un lado lo hicieron los padres de secundaria y por otros los de primaria.
El fallo que se comunicó ayer fue sobre secundaria, y lleva la firma del juez Juan Atilio Bazzani, titular del juzgado Contencioso Administrativo de Junín. Con respecto a la otra demanda, de los padres de primaria, el juez ya ha rechazado otorgar una cautelar y la medida fue apelada a Cámara de Apelaciones que también rechazó el pedido, por lo que ahora se aguarda un fallo final.
Acerca de la existencia de la media cautelar, que fuera anunciada por los padres de Castilla en conferencia de prensa, Cruz dijo que nunca fue notificado. Este punto parece que permanecerá en el misterio, ya que Cruz ha desafiado a los padres a exhibir dónde figura que lo notificaron. Lo cierto es que el juez reconoce en su fallo la emisión de una media cautelar, que entonces se entiende no fue notificada a una de las partes. Algo muy extraño.
De esta manera, Cruz dijo que la importancia del fallo es que se pronuncia sobre la cuestión de fondo, sin importar la medida cautelar, porque la cautelar pierde su vigencia frente al fallo. «Lo que define la cuestión es la de fondo, definir si hay un derecho vulnerado y definir si en base a eso fallar acorde a derecho para que se pueda restituir el derecho», sostuvo.