En las últimas horas se conoció que la Corte Suprema de Justicia de la Nación había hecho lugar a un pedido de la defensa de Cristina Fernández para que se revisen las pericias realizadas sobre las obras públicas en Santa Cruz en el marco de la causa que investiga supuestos sobreprecios durante la administración de la expresidenta.
La resolución de la Corte suponía el aplazamiento del comienzo de las audiencias, ahora se desdijo tras las presiones oficiales de Laura Alonso, titular de la Oficina Anticorrupción y de Germán Garavano, ministro de Justicia.
El pedido había sido realizado en virtud que sólo se realizaron 5 pericias sobre un total de 51 obras que están investigación. Bajo el argumento de negación de justicia, la defensa de la expresidenta, encabezada por Carlos Beraldi, solicitó al máximo tribunal una revisión.
La aceptación del máximo tribunal, que falló con 4 votos a favor de hacer lugar y uno en contra, era claro. Como la pericia es una medida de prueba fundamental, debía aplazarse el inicio del juicio oral y público fijado para el próximo 21 de mayo por el TOF 2, ya que de las 5 obras que se peritaron ninguno de los procedimientos ha arrojado resultados, porque están en marcha y se espera que hasta agosto no finalicen.
Sin embargo, tras conocerse la resolución de la Corte, el gobierno comenzó a presionar. El ministro de Justicia Germán Garavano instó al Tribunal Oral Federal que inicie igual el juicio, algo que podría revestir una gravedad institucional inusitada.
Hoy se conoció que finalmente la Corte cedió a las presiones y se desdijo. En un comunicado advirtió que la resolución no supone el aplazamiento del inicio del juicio, por lo que el Tribunal Oral Federal 2 comenzará las audiencias en la fecha prevista.
La difusión del comunicado a través del Centro de Información Judicial, tuvo ciertos inconvenientes. La primer versión contenía errores y anotaciones de más. Por ejemplo, entre paréntesis se anotaba tener cuidado con lo que se decía.
Ese borrador publicado tan burdamente hizo entrever la existencia de una gran presión sobre el máximo tribunal de Justicia de la Nación. Otra triste realidad que invita a descreer de nuestra judicial, podrido hasta la médula, y que los ciudadanos sufren en diversas formas. Una causa tristemente política y embarrada, que cuando llegue a un final, sea cual fuera, nadie creerá.
El comunicado de la Corte:
Que, ante la difusión de diversas informaciones vinculadas al expediente mencionado, que no tienen ninguna relación con los hechos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación aclara:
1. Que existen ante el Tribunal, además de la causa de referencia, un total de ocho recursos más que fueron deducidos por las partes en el marco de la causa principal 5048/2016, todos ellos en trámite,
2. Que el paso jurídicamente adecuado fue solicitar los incidentes de la Cámara Federal de Casación Penal al Tribunal Oral Federal interviniente, que fueron recibidos por el Tribunal en fecha 17 de abril de 2019,
3. Que de la lectura de dichos legajos no surgieron elementos suficientes para poder resolver los planteos de las partes,
4. Que, en función de ello este Tribunal solicitó con carácter de urgente el expediente principal al Tribunal Oral,
5. Que tal medida es habitual en la Corte y ha sido adoptada en numerosas oportunidades («Romero Feris, Raul», «Martel», «Tejerina Romina», entre otros).
6. Esa decisión no tiene firma alguna de los ministros ni disidencias, y se concreta con la sola firma del secretario, tal como es de estilo y como fuera oportunamente publicado en el Centro de Información Judicial,
7. Que dicho pedido no suspende el juicio oral en trámite, ni hubo decisión alguna del Tribunal Oral en ese sentido. La medida es al solo efecto de examinar la causa que, una vez extraídas y certificadas las copias pertinentes, será devuelta al tribunal, en tiempo oportuno,
8. Que la actividad desplegada obedece a que la Corte debe cumplir con su misión de guardián de las garantías constitucionales que corresponden a todos los ciudadanos por igual, examinando el correcto cumplimiento del debido proceso conforme con lo que disponen la Constitución Nacional y las leyes que son su consecuencia.