Con 200 votos a favor; 22 en contra y 16 abstenciones, la Cámara de Diputados convirtió este martes en ley, el proyecto de etiquetado frontal de alimentos.

Al abrir el tratamiento del proyecto, la presidenta de la comisión de Legislación General, Cecilia Moreau (Frente de Todos), afirmó que «el Estado argentino no va a mirar para otro lado» en un contexto de «enfermedades crónicas no transmisibles» como la obesidad, la hipertensión y los problemas cardíacos, que afectan a su población y que se pueden prevenir a partir de la alimentación.

Por eso, marcó la importancia de destacar la información nutricional en las etiquetas de los productos alimenticios, debido a que en la actualidad muchas «son ilegibles».

Su compañera de bloque, Liliana Schwindt, ponderó la ley como un «hito para consumidores y usuarios», pero también «para la producción alimentaria argentina», y agregó, «Esta ley es poner en lo más alto a los consumidores, que hace años reclaman información clara, precisa y veraz», dijo.

Desde su condición de presidente de la comisión de Salud y con su pertenencia al Frente de Todos, el tucumano Pablo Yedlin mostró sus diferencias parciales: «El azúcar no es un veneno, es un producto natural. Muchos edulcorantes, en cambio tendrán que explicar cuán saludables son. Vamos a acompañar el proyecto proponiendo mejoras».

Detalles del proyecto

El dictamen de mayoría prevé la incorporación en el frente de los envases de los productos ultraprocesados una etiqueta con forma de octógono negro con letras blancas que advierta el exceso de nutrientes críticos para la salud, como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías.

Además, determina que los productos que contengan entre sus ingredientes edulcorantes o cafeína tendrán que informar que su consumo no se recomienda en niñas y niños.

Restricciones publicitarias

Por otra parte, el proyecto establece la prohibición de emitir publicidad comercial dirigida a niños, niñas y adolescentes- de productos con sellos de advertencia.

Además, dispone que los productos que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes.

Por otra parte, determina que, ante iguales condiciones, el Estado deberá priorizar la compra de alimentos sin estos sellos de advertencia.

Fuente: Infogei