Ingresó este miércoles en el Congreso un proyecto de ley oficialista que relanza el impuesto sobre los Bienes Personales, que afecta en buena medida a la clase media, luego de que el gobierno nacional alcanzara el acuerdo por la adenda fiscal con los gobernadores peronistas.
El proyecto está definido con el número 6443-D-2018 y firmado por el diputado Jorge Franco, de Misiones y miembro del Frente de la Concordia Misionero, y la radical jujeña Silvia Alejandra Martínez.
Bienes personales es un impuesto coparticipable y por lo tanto un incremento de la recaudación redunda en mayores fondos para las provincias, y ese es el objetivo que parece perseguir este proyecto, auqnue en este caso a costa de una mayor tributación de la clase media.
El mismo objetivo persigue la eliminación de las exenciones de Ganancias y cualquier deducción a los empleados públicos provinciales y a actividades de ahorros, créditos, financieras, reaseguros de entidades cooperativas o mutuales.
El proyecto fue presentado en la Cámara de Diputados e incluye un alza progresiva de la alícuota a medida que aumenta el patrimonio, mientras casi duplica el mínimo no imponible, que pasa de $1.050.000 a $2.000.000.
Este proyecto forma parte de la adenda fiscal firmada por 18 gobernadores, la cual estipula la suspensión de la cláusula del Consenso Fiscal 2018 que pautaba el compromiso «de no crear nuevos impuestos nacionales sobre el patrimonio ni incrementar la alícuota del Impuesto sobre los Bienes Personales».
La propuesta oficial tiene varias aristas. Estas son las principales.
-Corre a partir del año fiscal 2019. Por ende, se pagaría recién en el primer semestre de 2020, con plazo máximo en junio de ese año.
-Establece tres niveles de mínimos no imponibles (MNI). El más bajo es de $2 millones. Si el valor de los bienes acumulados por el contribuyente es menor a esa cifra, no paga. El MNI actual es de $1.050.000. Es decir, casi se duplica el valor, pero hay que tener en cuenta que la suba del dólar ha sido de casi el 100 por ciento y que la inflación prevista alcanzará en este 2018 al 50%.
-Si el valor de la riqueza acumulada por el contribuyente está ubicada entre los $2 millones y los $5 millones, la alícuota será del 0,25% sobre el excedente a $2 millones.
Ejemplo: si el contribuyente tiene bienes cuyo valor suma $2.500.000, pagará en 2020 un 0,25% de 500 mil, es decir, $1250.
-El siguiente MNI es de $5 millones. Para este caso, la alícuota es del 0,5%, pero no aplica sobre todo el excedente sino que sólo para la fracción que supera los cinco millones
Ejemplo: Si el contribuyente tiene un patrimonio de $5.500.000, pagará un 0,25% por los $3 millones excedentes del MNI de $2 millones, y un 0,50% por los 500 mil que superan el MNI de $5 millones. Esto equivale a $7.500 por la primera parte y $2.500 por el segundo tramo. O sea, $10 mil en total.
-El tercer MNI es de $20 millones, para el cual se aplica una alícuota del 0,75%, aunque con el mismo criterio que en el caso anterior.
Ejemplo: Si el contribuyente tiene un patrimonio de $25 millones, pagará un 0,25% por los $3 millones excedentes del primer MNO; luego el 0,50% sobre los 15 millones excedentes del segundo MNO y, por último, un 0,75% por los 5 millones de pesos que exceden el tercer MNI de $20 millones. Esto equivale a $7.500 por el primer tramo, $75 mil por el segundo y $37.500 por el tercero. En total, $120 mil.
La reforma no incluye cambios en la forma como se valúan las viviendas o los automotores.