La veda electoral para los poderes nacionales comenzó la pasada semana, 25 días antes de las primarias, a celebrarse el 11 de agosto, como marca la ley nacional. Para la provincia de Buenos Aires se establece otro período.

La veda se justifica en que los actos de gobiernos pueden llegar a captar sufragios, aunque no se prohíben totalmente.

El municipio de Chacabuco será alcanzado en las disposiciones de la ley 14.086 que dispone que la veda electoral para la provincia y los municipio es de 15 días antes de la celebración de los comicios.

De esta manera, a partir de este sábado 27 de julio el gobierno municipal deberá abstenerse de promover actos que puedan captar el sufragio.

Más de la edición de hoy:

Texto del artículo 16 de la mencionada ley:

«ARTÍCULO 16: Campaña electoral. La campaña electoral podrá iniciarse con treinta (30) días de anticipación y deberá finalizar cuarenta y ocho (48) horas antes de la elección primaria. La emisión de propaganda a través de medios televisivos, radiales o gráficos deberá limitarse a los quince (15) días previos a la fecha de los comicios, debiendo culminar cuarenta y ocho (48) horas antes de la elección.

La publicación o difusión de encuestas y sondeos preelectorales se limitará a los ocho (8) días previos a la fecha de los comicios, debiendo culminar cuarenta y ocho (48) horas antes de la elección.

Las proyecciones sobre el resultado de la elección sólo se podrán publicar o difundir después de tres (3) horas del cierre del comicio.

Durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la elección primaria no se podrán realizar actos de gobierno y/o publicidad oficial que puedan inducir el sufragio a favor de cualquier candidato.»