La secretaría del Honorable Concejo Deliberante (HCD) comunica que solo se podrán ingresar solicitudes de Espacios Públicos, como mínimo con cinco días hábiles de anticipación al acto o actividad que las motive.
Asimismo pone en conocimiento de los vecinos, que dichos pedidos deberán formularse mediante una planilla, que podrá ser solicitada en la Secretaría del Cuerpo Deliberativo o bien a través de la página web del mismo ( http://hcd.chacabuco.gob.ar ).
Lo solicitado es en cumplimiento del artículo 4º de la ORDENANZA Nº 6.541/15, referente al RÉGIMEN MUNICIPAL DE ACTOS Y ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS, el cual expresa lo siguiente: “De las exigencias de las solicitudes. Las entidades citadas en el artículo 2º, sin y con fines de lucro que pretendan organizar y desarrollar actos, actividades y/o espectáculos en espacios públicos deben presentar, acreditar y comunicar con cinco días hábiles de anticipación a la realización de los mismos ante el Honorable Concejo Deliberante, las siguientes exigencias mínimas:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad de representantes de la entidad solicitante;
b) Exposición de las tareas y actividades que se proyecta realizar;
c) Espacio público que se pretende utilizar;
d) Croquis o plano en el que se indique el sector que se pretende usar y ocupar;
e) Declaración de actividades accesorias que tengan fines comerciales, tales como las relacionadas con servicios de gastronomía y de publicidad estática y/u oral, siendo la exposición realizada en el presente inciso meramente enunciativa y por lo tanto no limitativa;
f) Manifestar si el acceso al área que se pretende para el desarrollo de las tareas y actividades será libre y gratuito o a cambio de una retribución en especias y/o de dinero;
g) Descripción de las medidas a implementar con vistas a la preservación y resguardo de la higiene pública, la integridad física y los bienes e inmuebles en general que se pudieren afectar;
h) Horario en que se desarrollarán las tareas y actividades pretendidas;
i) Instalación de baños químicos, cuando por las características de la actividad a desarrollarse así lo requieran;
j) Autorizaciones anteriores si las hubiera;
K) Manifestar cantidad aproximada de concurrentes;
L) Manifestar si se utilizaran equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual. (Incorporados por Ordenanza Nº 6749/16)
Las solicitudes serán presentadas por escrito, pudiendo optar el solicitante por la utilización del formulario que se agrega como Anexo I de la presente, debiendo cumplir con las exigencias legales vigentes.
El Honorable Concejo Deliberante podrá recepcionar presentaciones y acreditaciones en un plazo inferior a lo establecido en el presente artículo cuando las particulares características del evento así lo requieran.
“ARTICULO Nº 4 bis: En caso de que el peticionante manifieste que se utilizaran equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, en el plazo de 48 horas posteriores al otorgamiento del Espacio Publico solicitado, teniendo en cuenta la cantidad manifestada de concurrentes. En caso de suspensión del evento que motiva el pedido de espacio público, el pago efectuado de SADAIC, será válido para la nueva fecha programada.” (incorporados por Ordenanza Nº 6749/16)”.