La Justicia frenó el tarifazo del gas en la provincia de Córdoba.
A nivel jurisdiccional, está entre las decisiones judiciales más relevantes en contra del aumento en las boletas que aplicó el Gobierno nacional, junto a la suspensión que tuvo lugar en Tierra del Fuego, Santa Cruz y Chubut.
En una decisión unánime, la Cámara Federal de Apelaciones cordobesa ordenó retrotraer tarifas al 31 de marzo durante tres meses. De esa forma, rectificó la decisión del juez Ricardo Bustos Fierro, quien había rechazado el pedido de una cautelar en primera instancia.
Ayer se sumó una cautelar contra el aumento de la luz en el partido bonaerense de San Martín a pedido del intendente Gabriel Katopodis.
El Gobierno pretende que los casos de tarifas sean abordados sólo por los juzgados porteños, en donde el macrismo tiene peso político. La definición sobre la competencia judicial está en manos de la Corte Suprema.
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, integrada por los jueces Abel Sánchez Torres, Luis Rueda y Eduardo Barros, estableció que:
La tarifa que paga el usuario no puede ser un impedimento para el acceso al servicio y para ello la misma debe ser justa y razonable. Este Tribunal no desconoce las razones invocadas por el Estado nacional en torno a la compleja situación del sistema hidrocarburífero del país, pero consideramos que ello no puede tornar en inaccesible un servicio imprescindible para los ciudadanos.
El amparo fue inicialmente presentado de manera colectiva contra el Estado nacional para suspender el aumento tarifario que en la provincia llegó al 700%.
En primera instancia, el juez Ricardo Bustos Fierro justificó la necesidad del Gobierno de implementar un “nuevo sistema de precios en los servicios públicos para promover inversiones en exploración y explotación de gas natural a fin de garantizar su abastecimiento”.
Además de invocar que los nuevos precios traen como consecuencia que muchos usuarios tengan problemas de acceso a un servicio esencial, los camaristas advirtieron que el Gobierno no realizó las audiencias públicas que por ley corresponde convocar ante subas de tarifas.
La Cámara suspendió el tarifazo y ordenó la refacturación del servicio con los valores del 31 de marzo.
Exigió a Ecogas abstenerse de efectuar cortes de suministro por falta de pago de las facturas emitidas de acuerdo con el nuevo cuadro tarifario. Además, la empresa tendrá que devolver la parte de la factura que los usuarios pagaron de más teniendo en cuenta que los precios se retrotraen.
Por su parte, el Gobierno está a la espera de que la Corte Suprema, a la que accedió a través de la presentación de un “per saltum”, resuelva las discusiones de competencia judicial para los casos de aumento tarifario.