A principios de año, la Secretaría de Comercio Interior definió las pautas para que los supermercados adapten sus estructuras para cumplir con la Ley de Góndolas. La normativa, que fue reglamentada a fines del año pasado y celebrada por todas las asociaciones de usuarios y consumidores, entraría en vigencia el próximo 15 de marzo.
El gobierno publicó en el boletín oficial detalladamente todo lo que involucra a las partes. Estableció que los inspectores de la Secretaría de Comercio deberán acreditarse y presentarse en los locales de venta durante el horario de atención al público y el responsable del establecimiento «deberá facilitarles el acceso a todas las áreas de exhibición que existan para controlar el cumplimiento de la ley».
En principio, la secretaría que preside Paula Español realizará «un monitoreo de la implementación de la norma, formulando las advertencias correspondientes a las cadenas de supermercados obligadas y, luego, si la situación lo amerita, se podrán aplicar sanciones».
Las cadenas de supermercados alcanzadas por la ley deberán remitir dentro de los próximos 30 días hábiles una declaración jurada que «contenga el plano con la disposición de los productos, la indicación de todos los bienes que están dados de alta para la venta agrupados por categoría y con indicación de su empresa proveedora. En caso de no contar al menos con cinco oferentes distintos por cada categoría, deberán informar el por qué», precisó la resolución.
El principal objetivo de la norma es que los productos sean claros y transparentes para los consumidores y que los clientes puedan tener a elección una variedad de marcas en los distintos artículos y categorías, lo que evitaría prácticas comerciales que puedan perjudicar la competencia.
“La norma establece que los productos de una marca no pueden ocupar más del 30% de la góndola y que de un producto, por ejemplo, de fideos o galletitas, debe haber cinco marcas diferentes, como mínimo”, detalla el boletín.
Y además, “El 25% de los productos deben ser de las pymes, cooperativas o mutuales, y el 5% debe ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular”.
Ante estas especificaciones, algunos supermercadistas adelantaron que, en los primeros días de vigencia de la ley, podrían aparecer vacíos en las góndolas. Esto podría ocurrir porque hay empresas muy grandes que concentran hasta el 80 por ciento de la góndola y sus productos son los más buscados por el público. Esto cambiaría cuando los clientes incorporen otras marcas.
Los principales puntos:
– La ley se aplica a los productos alimenticios, las bebidas y aquellos de limpieza e higiene personal.
– Los productos de una marca no pueden ocupar más del 30 por ciento de la góndola.
– En la góndola de un producto, debe haber artículos de, al menos, cinco proveedores diferentes.
– El 25 por ciento de la góndola estará reservado a productos de las micro y pequeñas empresas, mientras que el cinco será para las firmas de la agricultura familiar, campesina o economía popular.
– Los productos más baratos deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestren los artículos.
– Los supermercados alcanzados por la ley son aquellos que poseen una superficie de venta al público de, al menos, 800 metros cuadrados.
– Los únicos comercios que no estarán obligados a cumplir con la ley serán aquellos que posean una facturación de micro, pequeñas o medianas empresas.
Fuente: InfoGEI
ojala se cumpla ..pero echa la lay echa la trampa ..tantos años haciendo lo que quieran que van a luchar por no cumplirlas …mas si son los super poderosos…estan para desobedecer las leyes..como tienen mucha plata compran inspectores (corruptos que siempre los hay ) o son conocidos o amigos