Hoy se conoció oficialmente por el Boletín Oficial de la provincia el nuevo sistema de fases que rige para los 135 municipios y que determina a la vez quiénes pasarán a la llamada «nueva normalidad» o fase 5 que permite actividades como apertura de locales gastronómicos, actividades deportivas, recreativas y sociales con límites y protocolos.

Esto se había anunciado la semana pasada y se esperaba que comience a regir este lunes 8 de junio, pero su entrada en vigencia se postergó. Finalmente el criterio para considerar el acceso a la fase 5 de un distrito es que durante los últimos 21 días consecutivos desde el relevamiento que realiza el Ministerio de Salud se mantenga libre de contagios autóctonos.

Para que las actividades puedan concretarse se requerirá, además de esta habilitación provincial, que el intendente realice el pedido a la provincia, pudiendo incluso pedir que alguna de las posibilidades que otorga esta nueva normalidad no se efectivicen.

De la Cuarta Sección los municipios que podrán pasar a la «fase 5» son:

  • Alberti
  • Bragado
  • Trenque Lauquen
  • Lincoln
  • Pehuajó
  • General Villegas
  • General Viamonte
  • Hipólito Yrigoyen
  • Leandro N. Alem
  • General Pinto
  • General Arenales
  • Chivilcoy
  • Carlos Tejedor
  • Carlos Casares
  • Rivadavia
  • Florentino Ameghino

En tanto que Chacabuco, Junín y 9 de Julio son los que al haber registrado casos no tendrán la habilitación y deberán esperar. En Junín hoy se resgistró un tercer caso y el caso de Chacabuco es que le han computado un séptimo caso el pasado 16 de mayo que residía en Ciudad de Buenos Aires pero con domicilio en esa ciudad.

¿Qué actividades se habilita en la fase 5?

Según el ANEXO publicado en el Boletín Oficial, las actividades que podrían habilitarse, si los municipios que fueron listados en la fase 5 lo solicitan y las reglamentan, son:

  • Servicio de comidas y bebidas para consumo en locales gastronómicos
  • Actividades culturales (transmisión remota y grabación de shows)
  • Actividades deportivas al aire libre
  • Actividades recreativas con distanciamiento social Actividades sociales con distanciamiento físico de hasta 10 personas

A la vez, el ANEXO dispone y ordena qué actividades se permiten en cada una de las otras fases. Este es el detalle:

Actividades fase 5

¿Qué municipios ingresan en cada fase?

Con respecto a los criterios que se siguieron para categorizar los municipios en cada una de las 5 fases (por ahora no hay municipios en fase uno y dos) es el siguiente:

ARTICULO 2°. El sistema de fases mencionado en el artículo precedente, funcionará de acuerdo a los siguientesparámetros:

a) Estarán incluidos en FASE 5 los municipios que no presentaren casos confirmados autóctonos de COVID 19 en unperíodo de veintiún días inmediatos anteriores a la fecha de evaluación que realice el Ministerio de Salud y nopertenecieran al área Metropolitana de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 del Decreto Nacional N°520/2020

b) Estarán incluidos en FASE 4 los municipios que presentaren casos confirmados autóctonos de COVID-19 en un período de veintiún días inmediatos anteriores a la fecha de evaluación que realice el Ministerio de Salud y no pertenecieran al área Metropolitana de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 del Decreto Nacional N° 520/2020.

c) Estarán incluidos en FASE 3 los municipios que integran el Área Metropolitana de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 del Decreto Nacional N° 520/2020 y los municipios qué disponga el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros frente a la existencia de un foco de contagio o la multiplicación rápida de casos positivos de COVID-19, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, con el fin deproteger la salud pública.

d) Estarán incluidos en FASE 1 o FASE 2 los municipios qué disponga el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministrosfrente a la existencia de un foco de contagio o la multiplicación rápida de casos positivos de COVID-19, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, con el fin de proteger la salud pública.

El listado completo publicado como otro anexo: