El gobierno oficializó hoy el reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad que entre otras cosas permite que la policía dispare contra personas que, a juicio del agente, huyan ante la presencia policial.
Parece ser efectiva, de hecho, muchas personas señalan que creen que disminuirá el delito, opinión que olvida que las estadísticas de los países que lo hicieron no acompaña la idea.
Sin embargo, frente al crecimiento de la protesta social en Argentina, el gobierno ha decidido dar un paso más en la escalada violenta: por resolución 956/2018 publicada hoy en el Boletín Oficial, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich autorizó que el hasta ahora delito de «gatillo fácil», pase a ser legal, derogando a su vez toda disposición o normativa contraria a la nueva reglamentación.
La medida tendrá jurisdicción para la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria. Entre los considerandos de la medida se establece que la seguridad es un derecho transversal a todos los derechos reconocidos explícita e implícitamente por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos. Olvidando en este caso, que la CN establece que el Estado es quien debe dar «garantías» a las personas. Como por ejemplo, que no atentarán contra su vida. La pregunta que los expertos se hacen es «¿Qué pasará en una confusión? ¿Y en un lugar público podrá un agente disparar poniendo en peligro a cualquiera?».
La nueva reglamentación para que las fuerzas de seguridad puedan utilizar armas letales avala a los agentes federales a disparar a «sospechosos de delitos» aún cuando posean réplicas de armas, huyan tras cometer un delito o cuando se presuma una alta probabilidad que puedan provocar graves daños a personas sin estar armados.
Además los agentes podrán disparar sin dar la voz de alto o sin agresión previa. El uso de armas letales es válido en «defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves» o «para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas».
De esta manera, se pierde un principio básico, que es el de la proporcionalidad de la fuerza, por lo que algunos juristas entienden que traerá problemas a la hora de hacer justicia para otros casos de ataques.
Las fuerzas provinciales no están alcanzadas por la reglamentación, pero desde Seguridad adelantaron que les pedirán a los gobiernos de las provincias que también la apliquen.
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, aseguró hoy que el nuevo reglamento «va a generar confianza en la defensa de la sociedad» y cambia la antigua doctrina de que los policías «tenían que esperar que el delincuente tire primero» para poder repeler una agresión.
Ejemplo como este introducen ideas falsas acerca del proceder policial y judicial: en principio, que ello no hará que la justicia pueda actuar contra los policías, en segundo lugar, que ello podría derivar en que los criminales aumenten su agresividad, con lo que pondría a los policías en un peligro mayor; en tercer lugar, que los policías quedarían habilitados a disparar en lugares públicos, poniendo así en riesgo la vida de otras personas.
El nuevo reglamento había sido firmado por Bullrich el jueves de la semana pasada, pero entró en vigencia hoy mediante su publicación en el Boletín Oficial. Dentro de cinco días se cumplirá un año del denominado caso Chocobar, en el que el policía Luis Chocobar mató a un ladrón que huía tras robarle y herir a puñaladas a un turista estadounidense en el barrio de La Boca.