En el decreto que declaró en Emergencia a la Municipalidad de Chacabuco recibió modificaciones en la presentación ante el Concejo Deliberante con respecto a la versión presentada primero.

Al elevar el proyecto, el Ejecutivo incluyó dos modificaciones. La primera es la referencia que hacía a la Ley 11575, que regía desde 1996 y fue derogada en 2014 por la sanción de una nueva ley marco que regula las condiciones de empleo de los agentes estatales, la 14656.

Según el texto del decreto el anticipo jubilatorio debía enmarcarse en el artículo 56 de la ley 11757, cuya redacción establece solo «goce parcial de haberes» en el caso de acogerse al régimen jubilatorio.

En cambio, la ley 14656 es más clara y justa al respecto estableciendo en su artículo 72, inciso «f» cómo debe procederse a la liquidación de anticipos jubilatorios.

Consultada una fuente municipal acerca de la razón por la que se cometió el error la atribuyeron a que se copió de otra emergencia económica dictada.

Otra modificación

Otra de las modificaciones que sufrió el decreto es más sustancial, y no era un error. Fue en el artículo 10 donde la versión que se presentó originalmente establecía la liquidación de manera separada de los sueldos de funcionarios, profesionales y agentes municipales, privilegiando para el pago a los municipales.

Ese artículo subdividía a los agentes en tres grupos: la planta de funcionarios, los profesionales y los municipales. En realidad, los profesionales son trabajadores municipales.

Como los profesionales significan un buen porcentaje de la masa salarial destinada al pago de salarios, el municipio intentaba «blanquear» algo que ya se ha realizado en otras oportunidades: pagar el sueldo de los profesionales después de los empleados no profesionales.

Pero esto fue modificado. Según contaron a La Posta, a pedido de los sindicatos en las reuniones que Aiola mantuvo por separado tanto con la Asociación de Trabajadores del Estado como con el Sindicato de Empleados Municipales.

En la elevación al Concejo Deliberante figura la modificación, proponiéndose subidivir a los agentes solamente en dos grupos: el de los funcionarios, que llevarán la peor parte, y el de los empleados municipales, sin distinción de profesionales o no.