En el marco de la pandemia de coronavirus, desde el gobierno tanto nacional como provincial se están tomando diversas medidas para el cuidado de la población, especialmente de los adultos mayores.

Por esto, desde el gobierno nacional decidieron mediante una resolución autorizar con carácter excepcional la prescripción digital de medicamentos durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio. Así mismo, desde el Ministerio de Salud de la provincia decidieron adherir a la medida.

Esta normativa abarca tratamientos oncológicos, medicamentos para crónicos, psicofármacos y todos los medicamentos que se utilicen bajo receta, a excepción de los estupefacientes. Para realizar la prescripción se podrán utilizar los formatos de mensaje de texto o mensaje a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax.

La receta digital tendrá una validez de siete días y deberá cumplir con los siguientes requisitos.

  • Se presentará mediante una foto de la receta con membrete del centro asistencial o del profesional prescriptor manuscrita, o con letra imprenta de ordenador, o receta electrónica del financiador que permita identificar al profesional prescriptor.
  • Debe incluir la firma de puño y letra o con firma digital, cumpliendo con las exigencias de la Ley N° 25.506 en el caso que corresponda y estar membretada con los datos del profesional o del financiador permitiendo identificar unívocamente al prescriptor;
  • Tiene que tener sello con nombre apellido y número de matrícula, que de no figurar en el membrete por ser de un centro asistencia deberá ser legible.
  • La fecha debe ser posterior a la entrada en vigencia del Decreto Nº 297/2020;
  • Debe contener los datos completos del paciente al que le prescribe (nombre, apellido y documento.
  • Debe incluir la leyenda “RECETA DE EMERGENCIA COVID -19”;
  • Las unidades a prescribir no pueden superar el tratamiento mensual crónico.

La compra deberá realizarse en una farmacia de cercanía del lugar en el que se está pasando la cuarentena. Si el paciente tiene en su poder recetas en formato papel pendientes de presentar al dispensador, esta tendrá validez por hasta noventa (90) días desde la fecha de prescripción.

El profesional podrá prescribir en formato papel los medicamentos que bajo receta correspondan a los tres próximos meses del tratamiento del paciente, con el objetivo de facilitar su no concurrencia al consultorio.